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El impuesto de transacciones financieras (ITF) se abonará mediante el modelo 604. Los profesionales y sociedades a los que se aplica deberán conocer cuál es la forma y el procedimiento para su presentación. El tributo está en vigor desde enero de 2021.
Este impuesto indirecto grava las adquisiciones onerosas de acciones representativas del capital social de sociedades españolas. Se aplicará en los mismos términos sin que interceda el lugar de la adquisición, la residencia o el lugar de establecimiento de los intervinientes. Por tanto, se establece como principio de imposición el de emisión.
La tasa Tobin gravará con un 0,2 % la compraventa de acciones de compañías españolas cuyo capital en bolsa sea superior a los 1 000 millones de euros. Estarán obligados a abonarlo los intermediarios financieros que compran y venden las acciones. Las pymes y sociedades no cotizadas quedan excluidas de esta tasa.
La regulación de este impuesto se desarrolla en el Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo, y la aprobación del modelo, en la orden HAC/510/2021, de 26 de mayo.
El periodo para liquidar el impuesto será en el mes natural, cuando debe presentarse y abonarse. El plazo acordado es entre los días 10 y 20 del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual.
La autoliquidación del impuesto de transacciones financieras puede corresponder al depositario central de valores o al sujeto pasivo.
Las autoliquidaciones correspondientes a enero, febrero, marzo y abril de 2021, así como las respectivas deudas tributarias, se efectuarán en el plazo de la autoliquidación del mes de mayo de 2021.
Se presentará de forma obligatoria vía online en la sede electrónica de la AEAT. Será necesaria la identificación ante la AEAT. El contribuyente deberá disponer de un certificado electrónico admisible por la Agencia Tributaria.
Cuando los sujetos pasivos sean personas físicas y no proceda la presentación a través de un depositario central de valores en territorio español, podrán presentar el modelo 604 con el sistema Cl@ve.
Se habilita un procedimiento especial de rectificación de operaciones declaradas en autoliquidaciones anteriores. Gracias a él se pueden modificar las operaciones en las autoliquidaciones del impuesto dentro del plazo de los cuatro años siguientes a la fecha de ingreso.
Se aplicará la reducción o aumento del importe a ingresar, pero en ningún caso el resultado podrá ser negativo.
Hay otros aspectos importantes en lo relativo al modelo 604 y el impuesto de transacciones financieras. Si necesitas una consultoría personalizada, pídela y habla con uno de nuestros especialistas.
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