La nueva fiscalidad medioambiental.
El Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero
Con efectos 1 de septiembre de 2022 la Disposición Final Primera de la LEY 14/2022, de 8 de julio, de modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Boletín Oficial del Estado de 9 de julio de 2022), da nueva redacción al artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras (en adelante LFMA), que en su día introdujo en nuestra sistema impositivo la regulación del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero (IGFEI).
I. Antecedentes
La norma viene a actualizar dicho impuesto medioambiental en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España remitido por el Gobierno a la Comisión Europea al amparo del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Más concretamente, la nueva redacción es resultado de la línea de acción 28 del citado plan, titulada «Adaptación del sistema impositivo a la realidad del siglo XXI», donde se prevé la «Reforma de medidas fiscales que contribuyen a la transición ecológica» y, entre otras novedades, contempla la modificación del IGFEI con el fin de garantizar un efectivo control de los gases fluorados, así como de simplificar, en la medida de lo posible, el cumplimiento de las obligaciones formales y la gestión del impuesto, tanto por los obligados tributarios como por la Administración Tributaria.
II. Descripción de los principales elementos del impuesto
El impuesto es de aplicación en todo el territorio español, sin perjuicio de las especialidades derivadas de los regímenes fiscales regionales de concierto y concierto económico del País Vasco y Navarra.
Nuestros servicios
Identificación de las implicaciones
Cumplimiento de las obligaciones formales
Ayudamos a la empresa a cumplir con cualquier obligación formal para el caso que sea considerada sujeto pasivo del impuesto sobre el plástico:
- Inscripción en el censo especial
- Presentación de las declaraciones trimestrales/mensuales
- Mantenimiento de los registros especiales