A partir de ahora la transferencia bancaria también será uno de los medios contemplados para el pago de deudas tributarias, que solo se podía hacer en efectivo. Así, queda actualizado el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, que en la actualidad regula el pago de deudas tributarias también mediante otros medios, con los requisitos y condiciones que para cada uno de ellos se establece en la norma. Los pagos de deuda tributaria En ese momento, el obligado dejará de tener esa deuda con la Hacienda...
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