Como bien ha sido publicitado en los medios de comunicación, desde el 1 de julio de 2021 hay un nuevo escenario en el tratamiento del IVA de las ventas a distancia B2C de bienes por parte de empresas que, operando desde fuera de la Unión Europea, vendan a consumidores finales en cualquiera de los 27 estados miembros. Ello ha venido a suponer un cambio drástico en el statu quo existente, donde la mayoría de estas ventas se beneficiaban de la exención, ahora eliminada, para pequeñas parcelas de me...
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