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La transposición de la denominada Directiva DAC6, que recoge la obligación de informar sobre maniobras de planificación fiscal agresiva, no elimina el secreto profesional de asesores fiscales y otros intermediarios.
El Gobierno español presentó el anteproyecto de ley que deberá seguir su curso hasta su aprobación antes de que termine 2019. Presumiblemente, entrará en vigor el 1 de julio de 2020.
El texto sigue la línea marcada por la directiva, pero detalla aspectos en los que la norma base dejaba margen de actuación a los distintos Estados miembros de la Unión Europea (Directiva 2011/16/UE).
El anteproyecto determina la obligación de informar a la AEAT sobre mecanismos transfronterizos de planificación fiscal con carácter agresivo. Luego la propia institución podrá intercambiar esta información obtenida con la Administración de los 27 Estados miembros de la UE.
En este escenario en el que las instituciones piden a contribuyentes y profesionales más transparencia, la AEAT dará un paso al frente. Establecerá cuáles serán esas operaciones y mecanismos sobre los que se debe informar. Ya ha adelantado que está relacionado con operaciones de ingeniería fiscal en las que el principal fin efecto es el ahorro fiscal.
Sin embargo, el asesor que conozca un hecho de este carácter puede acogerse al secreto profesional si el contribuyente lo libera mediante autorización. Asimismo, estará en su derecho de no revelar datos confidenciales de sus clientes como consecuencia de la prestación de servicios.
En este sentido, el anteproyecto también alberga una ampliación del código de buenas prácticas para colegios de profesionales y asesores fiscales. Se trata de un procedimiento voluntario que pueden secundar. Esto no impide que puedan acogerse al secreto profesional.
Hace referencia a la prevención y corrección de conductas abusivas de los clientes. Resulta de gran importancia que no participen en su recomendación, y alerten sobre los riesgos fiscales de ciertas maniobras.
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