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La declaración de bienes y derechos en el extranjero —el modelo 720— es un trámite obligatorio para 2019, pese a los recelos en la UE.
Esta declaración informativa la deben presentar los residentes fiscales en España que tengan bienes en el extranjero por un importe superior a 50 000 € correspondientes a algunas categorías que aparecen reflejadas en el modelo. Aquí se incluyen cuentas bancarias, acciones y propiedades muebles e inmuebles.
Fue aprobada como una medida antifraude fiscal con un marcado carácter sancionador. Si no se presenta esta declaración, el contribuyente tendrá que hacer frente a la liquidación de una ganancia patrimonial en el IRPF y a una sanción por infracción muy grave.
Esto está dando lugar a muchos casos en los que los contribuyentes se enfrentan a sanciones simplemente por desconocimiento de esta norma. El incumplimiento conlleva una multa proporcional del 150 % del importe de la base de la sanción, con una sanción mínima de 10 000 €.
El modelo 720 para la declaración de bienes y derechos en el extranjero 2019 puede presentarse hasta el 31 de marzo de 2020. Si necesitas ayuda especializada, puedes consultar con nuestros asesores. Estamos especializados en impuestos indirectos a nivel de toda la Unión Europea.
En el seno de la Unión Europea la declaración de bienes en el extranjero que solicita España vulnera hasta cuatro libertades fundamentales del espacio común. En concreto, pone trabas a la libre circulación de personas y trabajadores, establecimiento, prestación de servicios y circulación de capitales. El Diario Oficial de la UE publicó en diciembre de 2019 la demanda interpuesta por el Consejo Europeo contra España ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).
En España la declaración de bienes en el extranjero se solicita con carácter obligatorio desde 2012. Pero es posible que nuestros organismos tengan que pasar revista para ajustarse a las normas comunitarias.
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