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El 3 de enero de 2018 comenzó a aplicarse el nuevo marco normativo sobre mercados e instrumentos financieros. Se basa en la directiva MIFID II y el reglamento MIFIR.
La directiva MIFID II mejora las reglas recogidas previamente en la MIFID relativas a los mercados de instrumentos financieros. Su objetivo es reforzar la actual regulación europea de los mercados de valores en los aspectos siguientes:
— Establece las condiciones de autorización y funcionamiento de las Empresas de Servicios de Inversión (ESI), donde se incluyen la libertad de establecimiento y de prestación de servicios en la UE, y la actividad de empresas de terceros Estados.
— Determina las condiciones de autorización y funcionamiento de los mercados regulados.
— Fija la limitación de las posiciones y controles de la gestión de posiciones en derivados sobre materias primas.
— Decreta las normas de conducta y protección al inversor a seguir por las ESI.
— Regula los servicios de suministro de datos, y los requerimientos de organización y conducta para los participantes en el mercado con el objetivo de mejorar la protección del inversor.
Por su parte, el reglamento MIFIR, también relativo a los mercados de instrumentos financieros, regula la transparencia previa y posterior a la negociación de productos y operaciones financieras. Vela para que la transparencia se cumpla en los requisitos y obligaciones de los proveedores de servicios de datos y en la negociación con las autoridades competentes y los inversores. Además, impone como obligatoria la negociación de derivados en centros de negociación y la necesidad de ciertas acciones supervisoras.
Así, el nuevo marco normativo sobre mercados e instrumentos financieros pretende mejorar la transparencia, liquidez del mercado y dar una mayor protección a los inversores minoristas. Eso sí, sin olvidar el impulso al desarrollo tecnológico con el avance en el reporte de datos, necesario para que los procesos de comunicación entre las empresas y los responsables tributarios sean más fluidos.
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