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La nueva orden de Hacienda introduce modificaciones en la gestión de los pagos de deudas tributarias relacionados con las entidades de crédito colaboradoras.
Los cambios vienen porque Hacienda modificó la orden de desarrollo del RD 939/2005 (Reglamento General de Recaudación) y la orden que regula la domiciliación de las deudas tributarias.
El contenido incumbe de forma directa a las entidades de crédito colaboradoras de Hacienda. Las modificaciones se aplicarán a los justificantes de pago de las deudas, en modalidad de pago directo, domiciliación bancaria, o, en el caso de no residentes, a través de ingreso en cuenta en el Banco de España.
La principal novedad consiste en que la Agencia Tributaria será la emisora del código NRC (Número de Referencia Completo), que hasta ahora proporcionaban las entidades colaboradoras, las cuales deberán solicitarlo a la Agencia, de forma que la misma tendrá una información inmediata de los pagos.
El nuevo procedimiento resolverá los retrasos en las actuaciones de la Administración que dependían del abono de la deuda tributaria. Algunos ejemplos de ello son la devolución de garantías o la expedición del certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias.
Para los contribuyentes no residentes, ello supondrá una mejora del sistema actual de liquidación del modelo 210, referido al Impuesto sobre la Renta de No Residentes, cuyo objetivo es garantizar tanto la recepción del pago como la aportación completa de información.
¿Necesitas saber cómo te afecta este nuevo procedimiento? Pide una consultoría con uno de nuestros asesores y te informará de todo para tu caso concreto. Tenemos las respuestas que necesitas en tus dudas sobre impuestos indirectos.
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